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Homologación (Profesiones reguladas)

Procedimiento de Homologación de títulos extranjeros de educación superior

Con la entrada en vigor del RD 967/2014, de 21 de noviembre, se regula un nuevo marco en la tramitación de las homologaciones de títulos extranjeros de educación superior. Estableciéndose por parte del Ministerio de Educación español dos procedimientos diferenciados, la homologación y la equivalencia. En este apartado nos referiremos a la homologación reservada a las profesiones reguladas.

A través de este procedimiento se puede solicitar la homologación de un título extranjero de educación superior a un título oficial universitario español de Grado o Máster que dé acceso a una profesión regulada en España.

La homologación otorga al título extranjero, desde la fecha en que sea concedida y se expida la correspondiente credencial, los mismos efectos del título español al que se homologa en todo el territorio nacional, y posibilita el ejercicio de la profesión regulada de que se trate en las mismas condiciones de los poseedores de los títulos españoles que habiliten para tal ejercicio.

Se entiende por profesión regulada, la actividad o conjunto de actividades profesionales para cuyo acceso, ejercicio o modalidad de ejercicio se exija, de manera directa o indirecta, estar en posesión de determinadas cualificaciones profesionales, en virtud de disposiciones legales, reglamentarias o administrativas. En el Anexo I del RD 967/2014 se establece la relación de estas.

Servicios incluidos en la tramitación de la homologación

  • Análisis previo de la viabilidad del procedimiento. Analizamos de manera previa, las posibilidades de obtención de la homologación y/ o de la equivalencia, en función de la titulación e información facilitada por el interesado, con la finalidad de obtener el mejor de los resultados posibles para cada caso concreto.

  • Gestión y tramitación del procedimiento ante el Ministerio de Educación. Educación. Incluye el asesoramiento acerca de los requisitos del procedimiento, revisión de la documentación necesaria, presentación de la solicitud y de la documentación, seguimiento del expediente, comunicación constante y dirección personalizada del expediente hasta la obtención de la resolución. En el supuesto, de no obtener un resultado conforme a sus intereses, se incluyen tanto las alegaciones como el recurso correspondiente en el ámbito administrativo.

    En el caso de que el interesado ya hubiese iniciado el procedimiento con anterioridad, nuestra labor profesional incluiría un análisis de viabilidad del expediente, dirección personalizada del mismo y la formulación de las alegaciones o recursos correspondientes, para la reconducción del trámite.



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