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Declaración de equivalencia

Procedimiento de Homologación de títulos extranjeros de educación superior

Con la entrada en vigor del RD 967/2014, de 21 de noviembre, se regula un nuevo marco en la tramitación de las homologaciones de títulos extranjeros de educación superior. Estableciéndose por parte del Ministerio de Educación español dos procedimientos diferenciados, la homologación y la equivalencia. En este apartado nos referiremos a la declaración de equivalencia.

A través de este procedimiento se puede solicitar la equivalencia de un título extranjero de educación superior a una titulación y a un nivel académico de Grado o Máster universitarios oficiales en ramas de conocimiento y campos específicos.

La declaración de equivalencia otorga al título extranjero, en todo el territorio nacional, desde la fecha en que sea concedida y se expida la correspondiente certificación, los mismos efectos académicos de los títulos que se encuentran comprendidos en el área y campo específico de formación al cual se haya declarado.


Servicios incluidos en la tramitación de la equivalencia

  • Análisis previo de la viabilidad del procedimiento. Analizamos de manera previa, las posibilidades de obtención de la homologación y/ o de la equivalencia, en función de la titulación e información facilitada por el interesado, con la finalidad de obtener el mejor de los resultados posibles para cada caso concreto.

  • Gestión y tramitación del procedimiento ante el Ministerio de Educación. Incluye el asesoramiento acerca de los requisitos del procedimiento, revisión de la documentación necesaria, presentación de la solicitud y de la documentación, seguimiento del expediente, comunicación constante y dirección personalizada del expediente hasta la obtención de la resolución. En el supuesto, de no obtener un resultado conforme a sus intereses, se incluyen tanto las alegaciones como el recurso correspondiente en el ámbito administrativo.

    En el caso de que el interesado ya hubiese iniciado el procedimiento con anterioridad, nuestra labor profesional incluiría un análisis de viabilidad del expediente, dirección personalizada del mismo y la formulación de las alegaciones o recursos correspondientes, para la reconducción del trámite.



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